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En abril las Mipymes pueden financiarse con facturas a cobrar

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Es una herramienta que permitirá ampliar el financiamiento. "Mejora la certeza de cobro" porque ante incumplimiento de un gran proveedor, se baja la calificación en el BCRA.


Las Mipymes cuentan desde el jueves pasado con una nueva fuente de financiamiento cuando la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) ponga en vigencia la posibilidad de endosar, ceder y descontar la Factura de Crédito Electrónica (FCE) desde Homebanking.

De esta manera, el sector de microempresas, con problemas cotidianos para acceder a créditos -según señalan desde las entidades empresarias-, podrán acceder a esta vía.

Según señalaron desde el organismo que comanda Mercedes Marcó del Pont, para poner en funcionamiento esta nueva modalidad, la AFIP incorporó en los servicios web las disposiciones necesarias para realizar las operaciones.

"La herramienta que comenzará a funcionar en los próximos días es el resultado de un trabajo conjunto entre la AFIP, el Banco Central y la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo", señaló un comunicado de prensa.

La operatoria permitirá que las Mipymes adheridas que emitan sus Factura de Crédito Electrónica (FCE), deberán tener actualizados sus desarrollos para optar por el nuevo Sistema de Circulación Abierta o por el de Agente de Depósito Colectivo al momento de efectuar la solicitud de autorización electrónica del comprobante.

La AFIP, a través de su sitio web https://servicioscf.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica/default.asp pondrá a disposición los manuales de usuario para que los desarrolladores adapten el sistema e incorporen la posibilidad de hacerlo a través del homebancking.

"Con una operatoria similar a la del Cheque Electrónico (ECHEQ), el Sistema de Circulación Abierta de la FCE que entra ahora en vigencia permite que las MiPyMEs proveedoras de Grandes Empresas puedan ampliar sus fuentes de financiamiento anticipado así como también mejora la certeza de cobro, ya que la falta de pago al vencimiento de las facturas se verá reflejada en la Central de Deudores del Banco Central", detalló la AFIP.

Según señalaron desde el organismo recaudador, al momento de la emisión de la factura y para el caso que esta no fuera cancelada en el plazo de 30 días actualmente vigente, se puede optar por enviar la FCE a un Agente de Depósito Colectivo (mercado de valores). Ahora se suma el Sistema de Circulación Abierta a través de entidades bancarias.

"Esta última opción posibilitará, entre otras funciones, su circulación extrabursátil, negociación, transmisión, cancelación mediante compensación interbancaria, y el registro de su cancelación luego de su aceptación (tácita o expresa) y antes de su vencimiento", destacaron.

A la vez, en caso de que alguna FCE resulte impaga "se podrán celebrar acuerdos de pago extrajudiciales en el sistema, o bien, solicitar la emisión de un comprobante para ejercer acciones legales". "El comportamiento de pago de las empresas deudoras será informado a una Central de Deudores de FCE impagas al vencimiento que administrará el Banco Central", puso de relieve la AFIP.

Según el organismo, "la medida busca incrementar y facilitar el acceso a esta herramienta a través de una operatoria más sencilla y afín a la práctica diaria de las Mipymes".

Fuente: BAE Negocios

 

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Actualizado a: 27/11/2024

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